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El 21 de enero de 2025, el Gobierno de México publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto que otorga nuevos estímulos fiscales como parte de la estrategia nacional conocida como Plan México. El objetivo de este programa es incentivar la inversión productiva, fomentar la capacitación técnica bajo el modelo de educación dual y promover la innovación en sectores clave para la economía nacional.
Este paquete de beneficios representa una oportunidad relevante para empresas y emprendedores que buscan optimizar su carga fiscal y potenciar su crecimiento. Sin embargo, acceder a estos estímulos implica cumplir con una serie de requisitos y condiciones que analizaremos en detalle a lo largo de este artículo.
Además, se incorpora el Programa de Regularización Fiscal 2025, que ofrece facilidades para ponerse al día con el pago de adeudos tributarios, incluyendo condonaciones de multas y recargos.
Ejes principales del decreto de estímulos fiscales
El decreto se basa en tres ejes clave:
1. Deducción inmediata de inversiones
Permite deducir en un solo ejercicio el valor de bienes nuevos de activo fijo adquiridos hasta el 30 de septiembre de 2030. Esto incluye maquinaria, equipo y activos vinculados a actividades prioritarias como industrias tecnológicas, manufactura y transporte.
2. Deducción adicional en gastos de capacitación e innovación
Las empresas podrán deducir un 25% adicional sobre el incremento de gastos destinados a capacitación técnica o científica, desarrollo de patentes y certificaciones. Este beneficio se aplica únicamente si existe un convenio con la SEP para programas de educación dual.
3. Transparencia y control
Se crea un Comité de Evaluación encargado de revisar los proyectos, emitir constancias de cumplimiento y asignar los recursos disponibles, con un límite global de 30 mil millones de pesos, priorizando a las MIPYMES.
Requisitos para acceder a los estímulos
Para beneficiarse del programa, las empresas deben cumplir con las siguientes condiciones:
- Estar inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
- Contar con opiniones positivas de cumplimiento fiscal emitidas por el SAT.
- Usar el Buzón Tributario como medio oficial de comunicación.
- Presentar un proyecto de inversión y, en su caso, un convenio con la SEP para programas de educación dual.
- Registrar proyectos de innovación o certificaciones que respalden la solicitud.
Límites presupuestarios del programa
El monto total disponible para estos estímulos es de 30,000 millones de pesos para el periodo de vigencia del decreto (hasta el 30 de septiembre de 2030).
Asignación | Monto total | Destino |
---|---|---|
Deducción inmediata de inversiones | $28,500 millones | Bienes nuevos de activo fijo |
Deducción adicional en capacitación e innovación | $1,500 millones | Formación técnica, patentes y certificaciones |
Asignación mínima para MIPYMES | $1,000 millones | Empresas con ingresos anuales ≤ $100 millones |
El Comité de Evaluación determinará anualmente el monto máximo que cada contribuyente podrá aplicar, priorizando proyectos que impulsen cadenas de valor locales e innovación.
Deducción adicional en gastos de capacitación e innovación
Este beneficio fiscal consiste en la deducción adicional del 25% sobre el incremento en los gastos destinados a:
- Capacitación técnica o científica de trabajadores registrados ante el IMSS.
- Innovación, incluyendo desarrollo de patentes y certificaciones iniciales para integrarse a cadenas de proveeduría locales o regionales.
El cálculo se realiza comparando el gasto del ejercicio con el promedio de los últimos tres ejercicios fiscales.
Condiciones importantes:
- Si no se aplica en el ejercicio correspondiente, no podrá diferirse a años posteriores.
- No se acumula al ISR.
- Solo se aplica si las deducciones no superan los ingresos acumulables del ejercicio.
- Los gastos deben registrarse conforme a los lineamientos que establezca el decreto.
Exclusiones del decreto
No podrán acceder a los beneficios los contribuyentes que:
- Estén en los listados del SAT por operaciones inexistentes (artículos 69 y 69-B del CFF).
- Tengan créditos fiscales firmes sin garantía suficiente.
- Estén en proceso de liquidación.
- Tengan restringido o cancelado su Certificado de Sello Digital (artículos 17-H y 17-H Bis del CFF).
- Incumplan con el registro de inversiones o gastos de capacitación.
Procedimiento para solicitar el estímulo
Aunque el decreto está en vigor, el acceso pleno a los estímulos está condicionado a la publicación de lineamientos específicos por parte del Comité de Evaluación, lo que ocurrirá dentro de los 60 días posteriores al 21 de enero de 2025.
Mientras tanto, las empresas pueden:
- Preparar y registrar sus proyectos de inversión.
- Firmar convenios con la SEP para programas de educación dual.
- Reunir la documentación necesaria para acreditar gastos de innovación.
Consideraciones para el ejercicio fiscal 2025
Las empresas que apliquen estos beneficios deberán:
- Recalcular el coeficiente de utilidad.
- Llevar un registro detallado de inversiones y gastos deducibles.
- Conservar y dar seguimiento a los bienes adquiridos por al menos dos años.
Cabe destacar que este decreto sustituye al publicado el 11 de octubre de 2023, aunque quienes ya lo estaban aplicando podrán concluirlo según sus condiciones originales.

Programa de Regularización Fiscal 2025
Además del Plan México, se implementa un Programa de Regularización Fiscal que ofrece condonación del 100% de multas, recargos y gastos de ejecución.
Beneficios:
- Eliminación total de multas y recargos.
- Suspensión del procedimiento administrativo de ejecución sin necesidad de garantía.
- Pago en parcialidades hasta en 6 meses.
Requisitos:
- Ser persona física o moral con ingresos menores a 35 millones de pesos.
- Contar con adeudos fiscales firmes o convenios de pago vigentes.
- Subsanar irregularidades detectadas por el SAT.
Procedimiento para solicitarlo:
- En línea: Ingresar al portal del SAT, seleccionar “Solicitud” y el apartado “ESTÍMULO FISCAL LIF 2025”, adjuntar documentación y enviar.
- Presencial: Acudir a la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente (ADSC) con los documentos, que serán digitalizados para su registro.
Pago en parcialidades:
- Máximo de 6 pagos, con tasa mensual de financiamiento del 1.26%.
- El último pago debe realizarse antes del 30 de noviembre de 2025.
Exclusiones del programa de regularización
No podrán acceder:
- Contribuyentes con ingresos superiores a 35 millones de pesos.
- Créditos fiscales gestionados por autoridades externas al SAT.
- Personas que hayan recibido condonaciones previas.
- Casos con sentencia condenatoria firme por delitos fiscales.
Fechas clave
- Solicitud: del 1 de enero al 30 de septiembre de 2025.
- Pago de adeudos aprobados: dentro de los 30 días posteriores a la autorización.
- Fecha límite para contribuyentes bajo revisión: 31 de diciembre de 2025.
El Plan México y el Programa de Regularización Fiscal 2025 representan una oportunidad única para que las empresas y contribuyentes fortalezcan sus finanzas, accedan a incentivos para invertir en tecnología, capacitación e innovación y regularicen su situación fiscal.
No obstante, la clave para aprovecharlos será la preparación anticipada, el cumplimiento estricto de requisitos y el seguimiento a los lineamientos que emitirá el Comité de Evaluación.
En Taxcom ayudamos a nuestros clientes a identificar oportunidades fiscales, presentar correctamente sus solicitudes y cumplir con todos los requisitos legales, maximizando el impacto positivo de estos estímulos en su negocio.